Como resultado de la articulación entre la Dirección de Diversidad Sexual, Poblaciones y Géneros de la Secretaría de Planeación y la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), para la asistencia técnica de la Política Pública LGBTI en Bogotá, se diseñó un protocolo para la representación jurídica de casos priorizados de violencias contra personas LGBTI desde el Distrito Capital, con el fin de fortalecer las capacidades institucionales y la atención de casos urgentes.
Esta iniciativa desarrollada por la UT Bogotá Diversa LGBTIQ+, integrada por la Corporación Red Somos y el Grupo Guillermo Fergusson, es una hoja de ruta para poner en marcha un programa y/o servicio jurídico de representación judicial dirigido a personas LGBTI víctimas de violencia por prejuicio y discriminación, cuyos casos hayan sido priorizados.
Está dirigido a las entidades distritales y locales que tienen alguna responsabilidad de atención jurídica hacia personas con orientación sexual e identidad diversas.



¿Cómo funcionaría la ruta?
La herramienta, plantea un procedimiento para la atención que va desde el conocimiento del caso, pasando por los niveles de atención, los criterios de priorización, la implementación administrativa, la representación judicial, hasta el cierre de caso.
Criterios a tener en cuenta
Algunos de los establecidos son:
- Voluntariedad de la víctima.
- Tipología del acto de violencia.
- Análisis del contexto en el que ocurrió la violencia.
- Situación particular de la víctima.
- Que el caso no se encuentre dentro de las excepciones establecidas para el servicio.
El protocolo contempla, entre otros, casos relacionados con: feminicidio y transfeminicidio; homicidio y lesiones personales; lesiones con agentes químicos; actos de discriminación y hostigamiento; desaparición forzada, secuestro, tortura y constreñimiento ilegal; trata de personas; violencia y acoso sexual; violencia intrafamiliar y amenazas.
Comité Técnico de Priorización
El protocolo propone, además, la creación de un Comité Técnico de Priorización integrado por representantes de las entidades que participan en la Unidad Técnica de Apoyo de Casos Urgentes de la Comisión Intersectorial de Diversidad Sexual, conforme al Decreto 467 de 2024.
Este comité será la instancia encargada de analizar, aprobar, priorizar, tramitar y asignar la representación judicial de los casos presentados por las entidades que realizan atención jurídica a personas LGBTI víctimas de violencia por prejuicio o discriminación.
También podrá revisar estrategias jurídicas de casos que ya estén siendo representados cuando existan barreras, dificultades o se requiera articulación entre equipos o entidades.
La priorización de casos
Para estudiar la priorización se plantea identificar claramente la situación de violencia por prejuicio, incluyendo fecha, hora, lugar, actores y tipos de violencia; y analizar cómo la orientación sexual, identidad o expresión de género de la víctima se relacionan con la agresión.
También se consideran factores adicionales de vulnerabilidad como edad, situación migratoria, situación de calle o discapacidad, así como los riesgos actuales. De igual manera, se revisan antecedentes de denuncias, medidas de protección e intervenciones institucionales y se realiza una valoración jurídica preliminar.
¿Qué comprende la representación judicial?
Una vez priorizado el caso, el protocolo contempla:
- Contacto con la persona beneficiaria e información sobre el proceso.
- Diseño de la estrategia de litigio penal.
- Suscripción del poder de representación.
- Solicitud de pruebas, peritajes y conceptos interdisciplinarios.
- Participación en audiencias y diligencias.
- Comunicación permanente con la víctima sobre el estado del proceso.
- Posibilidad de solicitar acompañamiento psicosocial.
- Seguimiento al caso.
Cierre y seguimiento
El cierre no se limita a finalizar la actuación jurídica: busca garantizar que la víctima haya sido informada, acompañada y orientada integralmente, además de tener como resultado un informe en lenguaje claro, una valoración de necesidades residuales y un seguimiento al caso cuando sea necesario.
Este protocolo no se trata únicamente de acompañamiento jurídico; el modelo propone una respuesta articulada que conecta representación judicial, análisis de contexto, priorización de casos, acompañamiento psicosocial, coordinación interinstitucional y seguimiento.
Actualmente, se adelanta la incidencia y articulación con entidades del nivel nacional para la debida reglamentación del artículo 116 del Plan Nacional de Desarrollo, que permita la adopción e implementación del protocolo y su puesta en marcha.




